El Tribunal Supremo impulsa a las empresas para crear un sistema de compliance penal

Este sistema permite exonerar a la empresa de responsabilidad penal y mitigar el riesgo de comisión de delitos

La Sala Segunda del Tribunal Supremo señala en su Sentencia 35/2020 de 6 de febrero, Rec. 2062/2018, la importancia de incluir un sistema de compliance penal en las empresas. Todas las entidades deberían contar con este sistema con el fin de acabar con el riesgo de comisión de delitos. Con esta normativa, la empresa quedaría dispensa de cualquier responsabilidad penal.

La citada sentencia incluye la importancia de contar con un canal de denuncia interno en la empresa. De este modo, el TS le aporta gran valor a la denuncia respecto a lo establecido en la Directiva 2019/1937, del 23 de octubre de 2019 sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Para el Supremo, los denunciantes son “una herramienta esencial para que las empresas descubran los delitos cometidos internamente”.

Por otro lado, esta sentencia del Tribunal Supremo es similar a otras enunciadas por la Sala Segunda. De este modo, el Supremo califica como importante que las empresas realicen un control adecuado de sus establecimientos. Además, las entidades deberán desarrollar una serie de normas, de carácter interno, con las que exonerar de responsabilidad penal a la empresa y al órgano de administración en el caso de que sus directivos o empleados cometan algún delito.

En el caso de las personas que quieran llevar a cabo alguna irregularidad, el Supremo plantea la necesidad de que éstas conozcan el mecanismo de control como el canal de denuncias. El objetivo de este procedimiento es que se pueda producir una denuncia anónima que lleve a una investigación policial y que finalice con la revelación de una trama delictiva.

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Etiquetas: Fiscalidad, Tribunal Supremo, Sentencia, Sistema de compliance penal, Empresa, Comisión de delitos, Irregularidades