COVID-19: Los grupos fiscales excluidos del Real Decreto-ley 14/2020
El nuevo decreto excluye a ciertos grupos fiscales de aplicar la extensión de plazos tributarios
El pasado 15 de abril, el Gobierno publicaba el Real Decreto-ley 14/2020 que permite la ampliación de los plazos para presentar las declaraciones tributarias. Sin embargo, existen varios grupos fiscales que quedarán excluidos de las posibilidades de aplicar dicha normativa.
Esta extensión tributaria sólo será posible para aquellos contribuyentes con un volumen de operaciones que no supere los 600.000 euros. Además, estas declaraciones se podrán presentar del 15 de abril al 20 de mayo. Por tanto, quedarán excluidos de esta normativa:
- Los grupos fiscales en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de cifra de negocios.
- Los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del IVA, con independencia de su volumen de operaciones.
No obstante, las entidades deberán continuar con la obligación de presentar el resto de impuestos con normalidad. Finalmente, se puede decir que la extensión de plazos sólo está excluida para las declaraciones que afectan a los regímenes de grupos fiscales en IVA e Impuesto sobre Sociedades (IS).
B Law & Tax
International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.s"
Etiquetas: Gobierno, Impuesto sobre Sociedades, IVA, Real Decreto-ley, COVID-19, Medidas tributarias