COVID-19: Los gastos adicionales de los autónomos que trabajen desde casa

Los autónomos que teletrabajan tendrán que deducir gastos de titularidad y de suministros

Desde que comenzó la expansión del COVID-19 por España, han sido muchos los empresarios que han decidido transformar su casa en una oficina. Desde B Law & Tax le informamos que, si usted es autónomo y ha decidido trabajar desde casa, deberá tener en cuenta algunos de los gastos que deberá deducir en su IRPF.

En primer lugar, se encuentran los gastos de titularidad relativos a su vivienda. Más concretamente, el IBI, los seguros o los intereses de compra, entre otros. En este caso, se podrán deducir los gastos dependiendo de la superficie que se utilice para la actividad laboral.

Por otro lado, están los gastos de suministros. Dentro de este grupo se encuentra el agua, el gas, la luz, etcétera. Para conocer la deducción de dichos tributos deberá calcular la proporción de superficie utilizada para la actividad laboral. Tras ello, se aplicará el 30% a la proporción, de manera que resulte el porcentaje total de gastos por suministros que deberá deducir como gasto.

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Etiquetas: irpf, COVID-19, Autónomos, Casa, Gastos de titularidad, Vivienda, Gastos de suministros